Los Moros i Cristians, sin elefantes ni felinos ni otros animales salvajes

La imagen icónica del Embajador y Banderer Kábilas bajando Daniel Gil a lomos de sendas elefantes en 2011. La misma de cargos idénticos de la media luna, esta vez sobre camellos en la Embajada de los Moros Marinos de 2018. Pero incluso hay hay más. Las de una pareja de desafiantes guepardos en el alarde de los Mudéjares de 2008. O los lobos de la capitanía de los Contrabandistas de 2016. Las exhibiciones de águilas y halcones, las serpientes enroscadas… todas estas estampas de la fastuosidad de las Entradas de Moros i Cristians de Ontinyent, y del resto del orbe festero valenciano, están a punto de ser historia.

El pleno del Consejo tiene previsto aprobar, antes de marcharse de vacaciones, el proyecto de ley autonómica sobre protección, bienestar y tenencia de animales de compañía. Si lo hace en las próximas semanas, tras el paro estival, el proyecto legislativo entraría en tramitación parlamentaria en Les Corts.

Este nuevo marco legislativo, pionero en todo el estado español, supone la ordenación autonómica más avanzada y, aunque el espíritu de la ley está enfocado a poner fin al abandono, maltrato y sacrificio de las mascotas, también está enfocada hacia la prohibición del uso de animales en los circos y la protección de especies en riesgo y salvajes. Se pretende "evitar el maltrato derivado del tráfico clandestino de especies salvajes y silvestres que no se adaptan al entorno urbano".

¿SE PODRÁN UTILIZAR ANIMALES EN LAS ENTRADAS?
Es necesario diferenciar. Radicalmente. Según esta ley no habrá problemas para el uso de caballos ni otros animales considerados de crianza (gansos, patos, ovejas, bueyes…), tal y como ya hemos visto en numerosos desfiles. La permisividad conseguirá a todos los animales que se adapten a la tradición de compañía, de movilidad…

¿QUÉ PASA CON ELEFANTES, GRANDES FELINOS, MONOS, CAMILLOS…?
Todos los animales considerados como fauna silvestre o salvaje no podrán ser exhibidos ni usados. Aunque la ley no habla específicamente de las Fiestas de Moros i Cristians, en su artículo 7 prohíbe su utilización “en espectáculos, peleas, fiestas populares y otras actividades que impliquen crueldad o maltrato y puedan ocasionarles lesiones o muerte provocarles tratos vejatorios”. Pero, más adelante, en el mismo artículo subraya la prohibición "en ferias, exposiciones, concursos, exhibiciones, filmaciones, sesiones fotográficas o cinematográficas… sin la autorización municipal".

PAPEL DE LOS AYUNTAMIENTOS
Es decir, la nueva ley considera que los ayuntamientos serán piezas fundamentales como reguladores (a través de ordenanzas), como fiscalizadores y sancionadores. La Conselleria contempla ayudas para desarrollar y alcanzar los objetivos.

AFECTA LAS FERIAS Y MERCADOS MEDIEVALES
Sobre todo en la exhibición de pájaros y espectáculos de cetrería tan característicos de estas citas. Además, cualquier otra especie considerada silvestre o salvaje tampoco podrá ser exhibida o utilizada.