Pagarán 45.000 euros a una mujer que perdió a su niño por mala atención hospitalaria

La Consejería de Sanidad tendrá que pagar 45.000 euros a una mujer después de que perdiera al niño en un embarazo de alto riesgo. Así lo ha determinado la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del TSJCV.

El tribunal ha entendido que la atención que recibió la madre gestante en el Hospital de Ontinyent no se ajustó a los niveles de calidad exigibles a los servicios profesionales. Los hechos ocurrieron en marzo de 2014, cuando la mujer acudió con molestias abdominales y, según se recoge en la sentencia, ante el resultado de las monitorizaciones que se le hicieron debería haber sido ingresada para su control en el mismo centro hospitalario o bien ser derivada en el Hospital de Xàtiva. Por el contrario, la mujer, de 31 años y diabética, no fue ingresada y fue enviada al domicilio, con la indicación de regresar a las 24 horas para una revisión. Al volver al día siguiente por la mañana, "se encontró con el diagnóstico de muerte fetal intraútero". El bebé había fallecido con 35 semanas y tres días de gestación.

En ese caso, los magistrados reconocen el derecho a la indemnización y aplican la doctrina del Tribunal Supremo conocida como pérdida de oportunidad. Esto significa que aunque una actuación médica adecuada conforme a la lex artis no signifique que se hubiese evitado la muerte del feto, sí entienden que se produjo una pérdida de las expectativas de supervivencia.