¿Qué debo hacer si tengo un niño/a positivo en casa?

A principios de enero ante la elevada circulación del virus la Comisión de Salud Pública del Consejo Interterritorial aprobaba la adaptación de la Guía de actuación ante la aparición de casos positivos en los centros educativos. Sin embargo, el viernes 28 de enero, Conselleria de Sanidad hacía públicas unos aclaraciones frente a la confusión que puede generar el nuevo protocolo. Éstas son las principales conclusiones:

En primer lugar, el alumnado que presente síntomas respiratorios compatibles con COVID-19, independientemente de su estado de vacunación, no tendrá que acudir al centro educativo.

Comunicación de casos

En la anterior guía de gestión de casos, cuando se producía un caso positivo la aplicación de ITACA lo comunicaba automáticamente a las familias, dado que debía ponerse en cuarentena el grupo completo correspondiente. En estos momentos, tal y como se ha indicado sólo es necesario proceder a la cuarentena del grupo cuando se hayan producido 5 o más casos oy 20% del alumnado de un aula en los últimos siete días, por lo que es necesario evitar esta comunicación automática a las familias. Cabe recordar que para cuantificar la agrupación de los cinco casos no se tendrá en cuenta al profesorado que imparte la clase. Estas comunicaciones se realizarán, sin tener que esperar a que sean confirmadas por el departamento de salud correspondiente, ya que en este período de alta transmisión no se requiere la confirmación de los casos positivos que se comunican

Por tanto, cuando se grabe el primer caso positivo que se haya producido en un aula se comunicará a las familias de este grupo por el procedimiento habitual de comunicación que el centro tenga establecido. Esta comunicación se llevará a cabo simplemente para que las familias estén informadas, ya que no se realizará cuarentena del grupo, ni se realizarán pruebas diagnósticas si no se consiguen los 5 casos o el 20% del alumnado de un aula en los últimos 7 días, tal y como se ha explicado anteriormente.

En el caso de las aulas de Secundaria, Bachillerato, Formación Profesional y otros niveles y etapas educativas, no se contempla cierre de aulas en ningún caso, porque la mayoría del alumnado tiene vacunación completa. Sin embargo, para aquellas personas con enfermedad grave o inmunosupresión se mantiene el período de aislamiento mínimo de 21 días.

Cuarentenas domiciliarias

Deberán guardar cuarentena el alumnado, profesor y personal de administración y servicios que son estrechos contactos de casos positivos, si carecen de vacunación completa, o no han pasado la infección en los últimos 180 días. El período de cuarentena será de siete días desde que aparezca la sintomatología, siempre y cuando no se presenten síntomas en los últimos tres días. Además, no será necesaria la realización de una nueva prueba para levantar el aislamiento. Una vez que se incorporen al centro educativo lo harán en todas las actividades contempladas en este ámbito, incluido el comedor escolar y las actividades extraescolares. En cualquier caso, se recomienda que hasta los 10 días no acudan a eventos sociales como cumpleaños, fiestas y otros, ni interaccionan con personas especialmente vulnerables como los abuelos.

Por otra parte, quedan exento de guardar cuarentena quienes hayan pasado la covid en los 180 días anteriores al contacto y quienes hayan pasado la enfermedad y, posteriormente, sólo se les haya administrado una dosis de vacuna, siempre que no presente síntomas.

Cabe señalar que todo lo indicado en relación con la gestión de casos positivos es de aplicación respecto a las cuarentenas que se determinan en los centros educativos de Educación Infantil y Primaria. Cuando se produce algún caso positivo en el ámbito familiar, hay que tener en cuenta lo establecido en la Estrategia general para el conjunto de la población: los convivientes no vacunados de personas positivas deben guardar cuarentena.